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Cámara de Comercio de La Rioja

Convenio Arbitral

Convenio arbitral tipo

Toda controversia que haya surgido o pueda surgir respecto del presente contrato o acuerdo, se resolverá definitivamente, mediante arbitraje administrado por la Corte de Arbitraje de la Cámara Oficial de Comercio e Industria de La Rioja, de acuerdo con su Reglamento y Estatuto, a la que se encomienda la administración del arbitraje y, en su caso, el nombramiento del árbitro o de los árbitros.

Convenio arbitral tipo. Controversias societarias

  1. Toda controversia o conflicto de naturaleza societaria, entre la sociedad y los socios, entre los órganos de administración de la sociedad, cualquiera que sea su configuración estatutaria y los socios, o entre cualquiera de los anteriores, se resolverá definitivamente mediante arbitraje de derecho por uno o más árbitros, en el marco de la Corte, de conformidad con su Reglamento y Estatuto, a la que se encomienda la administración del arbitraje y la designación del árbitro o del tribunal arbitral.
  2. Todas las impugnaciones de acuerdos sociales o decisiones adoptados en una misma Junta o en un mismo Consejo de Administración y basadas en causas de nulidad o de anulabilidad, se substanciarán y decidirán en un mismo procedimiento arbitral.
  3. La Corte nombrará árbitro o árbitros en su caso, en los procedimientos arbitrales de impugnación de acuerdos o de decisiones hasta transcurridos cuarenta días desde la fecha de adopción del acuerdo o decisión impugnada y, si fuesen inscribibles, desde la fecha de su publicación en el Boletín Oficial del Registro Mercantil.
  4. En los procedimientos de impugnación de acuerdos sociales la propia Corte fijará el número de árbitros y designará y nombrará a todos ellos.
  5. Los socios, por sí y por la sociedad que constituyen, hacen constar como futuras partes su compromiso de cumplir el laudo que se dicte.

Convenio arbitral tipo. Controversias sobre arrendamientos

Las partes intervinientes acuerdan que para la solución de cualquier cuestión, divergencia o litigio derivado de la interpretación o cumplimiento del presente contrato de arrendamiento, excepto la falta de pago de la renta, se someten al arbitraje de la Corte de Arbitraje de la Cámara Oficial de Comercio e Industria de La Rioja, al que se encomienda la designación de árbitro y la administración del arbitraje, de acuerdo con su Reglamento y Estatutos, obligándose desde ahora a cumplir el laudo arbitral que se dicte.

Standard Clause

Any dispute or conflict which may arise from this present contract shall be resolved through the arbitration of one or more arbitrators, within the framework of the Rioja Arbitration Court in conformity with its Regulations and Statutes, governing the administration and conduct of the arbitration and the nomination of the arbitrator or the arbitration tribunal.

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