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Cámara de Comercio de La Rioja

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El Real Decreto-ley 13/2010, de 3 de diciembre, de actuaciones en el ámbito fiscal, laboral y liberalizadoras para fomentar la inversión y la creación de empleo, modifica la Ley 3/1993, de 22 de marzo, Básica de las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Navegación, en el sentido de eliminar para las empresas la obligatoriedad de pertenecer a las mismas. A partir de la entrada en vigor de la nueva normativa, únicamente serán miembros, electores, si procede, de las Cámaras aquellas empresas que libremente lo decidan. No es, por lo tanto, necesario solicitar la baja de esta corporación ya que, de acuerdo con el Real Decreto-ley, ésta se produjo de manera automática el pasado 1 de enero de 2011.

No obstante, todas las empresas continúan formando parte del Censo Público de Empresas previsto en el artículo 2.1.h de la citada Ley de Cámaras, según se regula en la Disposición Final Cuadragésima Séptima, de la Ley 2/2011, de 4 de marzo, de Economía Sostenible, sin que de ello deriven obligaciones o derechos.

Al mismo tiempo, el Real Decreto-Ley 13/2010 establece, en la Disposición Transitoria Primera, un periodo transitorio de dos años durante el cual, si bien la pertenencia a las Cámaras es voluntaria, las empresas continúan sujetas al cumplimiento de sus obligaciones tributarias con las Cámaras, de acuerdo con la normativa hasta ahora en vigor, y las Cámaras mantienen su obligación legal de efectuar el cobro del recurso cameral y a utilizar, si fuera necesario, la vía ejecutiva.

Por todo ello, la Cámara Oficial de Comercio, Industria y Navegación de La Rioja procederá:

En el año 2011: A la emisión, a todas las empresas, del recurso cameral permanente sobre el Impuesto de Sociedades del ejercicio fiscal 2009, el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas del ejercicio fiscal 2009 y el Impuesto sobre Actividades Económicas del ejercicio fiscal 2010.

En el año 2012: A la emisión del recurso cameral permanente sobre el Impuesto de Sociedades del ejercicio fiscal 2010 a las entidades sujetas al Impuesto sobre Sociedades cuya cifra de negocios hubiera sido igual o superior a 10 millones de euros en el ejercicio fiscal 2009.

Queremos también transmitirles que la Cámara sigue siendo, según las normas legales que la regulan, una corporación de derecho público. Por ello seguimos teniendo como finalidad la representación, promoción y defensa de los intereses generales de todo el tejido empresarial y un conjunto de funciones de carácter público-administrativo que las leyes nos encomiendan, siendo voluntad de esta corporación la de continuar prestando servicios de utilidad e interés para todas las empresas, los cuales ponemos a su disposición.

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